Dejar el piso de alquiler antes de tiempo
Pasados 6 meses y avisando con 30 días puedes irte. En los contratos firmados desde el 8 de octubre de 2026 no hay indemnización; en los anteriores, como máximo un mes por año que falte.
Actualizado el · Contrastado con el texto de la ley en el BOE
La respuesta corta
Puedes irte cuando hayan pasado 6 meses, avisando con 30 días de antelación. Si tu contrato es de después del 8 de octubre de 2026, no tienes que pagar ninguna indemnización. Si es anterior, solo la que diga el contrato, con un máximo de una mensualidad por cada año que quede.
- Desde el 8 de octubre de 2026No vale: si te vas pasados 6 meses y avisando con 30 días, la ley dice que no hay indemnización.Grave
- Del 6 de junio de 2013 al 7 de octubre de 2026Vale si el contrato lo dice, con ese máximo: un mes por año que falte, y la parte proporcional si falta menos de un año.Válida
- Antes del 6 de junio de 2013Solo podías irte en contratos de más de 5 años, cuando hubieran pasado 5 y avisando con 2 meses.
Un ejemplo
Firmaste en marzo de 2025 un contrato de tres años con una renta de 900 € y te quieres ir a los dos años. Queda un año, así que, si el contrato prevé la indemnización, como mucho pagarías 900 €. Con el mismo contrato firmado en noviembre de 2026, no pagarías nada.
Si te vas antes de los 6 meses
Antes de los 6 meses no tienes derecho a irte por tu cuenta, así que el propietario puede reclamarte los daños que le cause tu salida, como las rentas mientras la vivienda está vacía. Algunas cláusulas fijan de antemano que pierdes la fianza: es una penalización que un juez puede rebajar si es desproporcionada. Lo más práctico es negociar por escrito; proponer a alguien que alquile en tu lugar suele ayudar.
Si tu contrato es temporal
En los contratos de vivienda temporal firmados desde el 8 de octubre de 2026, puedes irte pasado un mes, avisando con 10 días de antelación, también sin indemnización.
Cómo avisar y qué pasa con la fianza
- Avisa por escrito y de forma que quede constancia (burofax, o un correo con acuse de recibo).
- La fianza se te tiene que devolver al dejar la vivienda, descontando solo deudas o desperfectos que se puedan acreditar. Si no te la devuelven en un mes desde la entrega de llaves, genera intereses.
- Firmad al salir un documento con el estado de la vivienda: evita discusiones sobre desperfectos.